Muchos trabajos conllevan la realización de actividades arriesgadas que requieren el sometimiento a unas normas de seguridad preestablecidas, dirigidas a proteger la salud e integridad física del trabajador. Corresponde al empresario procurar los medios necesarios y obligar al trabajador a observar dichas medidas de seguridad

Pero, en ocasiones, la producción del accidente es un hecho inevitable y la empresa está obligada a procurar al trabajador los medios necesarios para su sanidad y a indemnizarle de los perjuicios que dicha contingencia le hubiese causado.

Los accidentes laborales con resultado de muerte, son un capítulo que encierra una problemática especial dentro del mundo jurídico, por la interrelación que tiene entre las diversas áreas legales, pues, en ocasiones solo es prudente la exigencia de responsabilidades por vía penal, mientras que en otros supuestos, están las vías sociales y/o civiles para entender de estos asuntos.

Lamentablemente los accidentes laborales con resultados de muerte, constituyen una negra estadística de la actividad laboral, existiendo actualmente unos resultados que distan mucho de lo que debiera ser un riesgo laboral. Es por ello por lo que ponemos el máximo celo en defender aquellos casos que nos son confiados, para garantizar el mejor resultado posible con el que paliar el dolor y los efectos negativos de los perjudicados por las víctimas de los siniestros laborales.

No lo dude, consúltenos.